7.-Cuestiones éticas
«¿Deberíamos o no? Las cuestiones éticas
tratan de los efectos que nuestras acciones (u omisiones) tienen sobre el mundo
que nos rodea. Si algo es perjudicial, no deberíamos hacerlo. Pauta simple, en
teoría, pero que no resulta de mucha utilidad cuando las consecuencias de una
actividad no están aún claras, o cuando sus efectos pueden ser a la vez dañinos
y útiles. La biotecnología se encuentra en este campo ambiguo. La mayor parte
de las divergencias entre defensores y detractores de la manipulación genética
se resumen en distintas visiones de los posibles riesgos y beneficios.
Las preocupaciones típicas pueden ser
agrupadas en unas cuantas áreas, que van desde los efectos de la biotecnología
sobre el medio ambiente y la salud humana hasta su impacto sobre las
estructuras sociales y económicas y los valores morales y religiosos (véase más
adelante). Algunas de las cuestiones han surgido específicamente de la propia naturaleza
de la biotecnología, mientras que otras, como la explotación de los recursos de
los países pobres por los ricos, formaban parte de dilemas ya existentes.
Ejemplos de cuestiones de interés público sobre la biotecnología
Seguridad medioambiental:
·
¿Alterarán los organismos transgénicos el
equilibrio de las poblaciones de los ecosistemas naturales?
·
¿Transferirán los organismos transgénicos sus
genes alterados a parientes salvajes o silvestres, o reducirán la
biodiversidad?
Seguridad en alimentos y salud:
- ¿Serán seguros los alimentos a base de animales y plantas transgénicos?
- ¿Tendrán los alimentos transgénicos igual valor nutritivo?
Efectos sociales y económicos:
·
¿Qué efectos globales tendrá la biotecnología
sobre la industria agrícola mundial?
·
¿Otorgarán las patentes el control sobre
cultivos clave a unas cuantas compañías?
Cuestiones morales y éticas:
- ¿Son expoliados los países pobres de sus recursos genéticos?
· ¿Tenemos derecho a no utilizar la biotecnología,
aunque sirva de ayuda para el tratamiento de enfermedades y el incremento de la
producción de alimentos?
Cuestiones legales:
·
¿Otorgan las leyes actuales suficiente
protección a los agricultores, consumidores, ganaderos y medio ambiente?
·
¿Deberían etiquetarse como tales los alimentos
transgénicos?
La percepción pública de las cuestiones
relacionadas con la biotecnología, así como sobre la naturaleza de sus riesgos
potenciales, es crucial para lograr un consenso entre ciencia, política e
intereses comerciales. ¿Cómo se entera la gente de los problemas relacionados
con la biotecnología y cómo reacciona ente ellos?
[…]
Seres
humanos patentados
En una acción sin precedentes, la U.S. Patent
Office otorgaba el 14 de marzo de 1995 la patente nº 5.387.696, a favor de
los National Institutes of Health (NIH), sobre el material genético de un
ciudadano extranjero, un hagahai de las tierras altas de Papuasia-Nueva Guinea.
Esta tribu, que cuenta con apenas 260 miembros, entró en contacto por primera
vez con el mundo exterior en 1984. Los NIH se consideran propietarios de una
estirpe de células que contiene el ADN original del donante, así como de varios
métodos que permiten usarlo para la detección de retrovirus relacionados con el
HTLV-1.
“En los tiempos del colonialismo, los
investigadores iban tras los recursos de los indígenas. […] Ahora, en los
tiempos de la biocolonización, van tras los propios indígenas”, dice Pat
Mooney, director ejecutivo de la Rural Advancement Foundation International
(RAFI), grupo que lidera la oposición a la comercialización de los genes
humanos.
Los NIH han buscado genes humanos que patentar
en otros 19 países, normalmente sin ninguna compensación económica para los
propietarios originales de las células que toman y usan. Ello forma parte del
Proyecto Diversidad del Genoma Humano, un programa internacional que intenta
obtener muestras de sangre y tejidos del mayor número posible de grupos
indígenas del mundo. Indignados por lo que denominan el “proyecto vampiro”,
pueblos indígenas, gobiernos y ONG del Pacífico Sur están trabajando para
redactar un tratado que prohíba obtener patentes de las formas de vida del
Pacífico.
El principal valor del ADN humano procedente
de poblaciones aisladas es su potencial para ayudar en el diagnóstico y el
tratamiento de enfermedades, así como en la obtención de vacunas. Una empresa
biotécnica californiana adquirió, por ejemplo, muestras de sangre obtenidas de
habitantes asmáticos de la remota isla de Tristán da Cunha, en el Atlántico
Sur. Dicha compañía vendió a su vez por setenta millones de dólares los
derechos sobre su tratamiento contra el asma, cuya eficacia aún no ha sido
comprobada, a la empresa farmacéutica alemana Boehringer Ingelheim.
Las pretensiones estadounidenses de derechos
sobre material genético humano son defendidas en el extranjero por una división
del Departamento de Comercio. Para dejar clara la posición de su gobierno en
esta controvertida cuestión, Ronald Brown, ex secretario de Comercio de Estados
Unidos, argumentaba: “Según nuestras leyes […] todo lo relacionado con las
células humanas es patentable, y no hay en ellas provisión alguna que obligue a
tener en consideración el origen de las células que puedan ser objeto de
solicitud de patente”.
La RAFI opina que éste es el inicio de una
peligrosa tendencia, en la que los pobladores indígenas del globo son
considerados mera materia prima por las corporaciones estadounidenses y de
otros países industrializados. Esta organización lleva controlando las patentes
del ADN de pueblos indígenas desde 1993 y ejerce presión para que el tema sea
llevado ante el Tribunal Internacional de La Haya.
Los científicos están recogiendo muestras
genéticas de poblaciones aisladas para establecer un archivo de la diversidad y
evolución humanas antes de que esos grupos exóticos pasen a ser un recuerdo
histórico. Sus oponentes, sin embargo, temen que el descubrimiento de genes
útiles conduzca inevitablemente a patentar y comercializar partes del genoma
humano, posibilidad que atacan por considerarla explotadora e inmoral. En su
escrito a la National Science Foundation, Leon Shenandoah, del Consejo de Jefes
de la Nación Onandaga, proclamaba: “Su proceder carece de ética, constituye una
intromisión e incluso quizás sea criminal. Viola los derechos grupales e
individuales de nuestras gentes y de las poblaciones indígenas de todo el
mundo. Su proyecto atañe a la propia estructura genética de nuestro ser”.
En Europa el tema fue llevado ante el comité
de apelación cuando el Partido Verde del Parlamento Europeo se enfrentó a la
decisión de la OEP de conceder una patente sobre un fragmento de ADN humano,
que codificaba una determinada proteína. Los oponentes a dicha concesión
argumentaban que el código del ADN era un descubrimiento, más que un invento, y
que otorgar la patente de un gen humano constituye una ofensa a la moral.
El comité de apelación rechazó ambos
argumentos. Por lo que respecta al primer punto, las normas de la OEP permiten
que sustancias naturales sean reconocidas como nuevas cuando son aisladas por
primera vez. En cuanto a la moral, el comité dictaminó que el mero acto de
tomar tejido humano no se podía considerar, como se pretendía, “una ofensa
contra la dignidad humana” cuando el donante daba su consentimiento. La
extracción de tejidos es práctica habitual en medicina. Tampoco cabía considerar
la patente de genes humanos como “una forma de esclavitud moderna”, puesto que
no otorga ningún derecho sobre la persona de la que proceden los genes
patentados.
Por lo que respecta al argumento de que
patentar genes humanos es intrínsecamente inmoral y equivalente a patentar la
vida, el comité resolvió que lo único que se patentaba era una determinada
sustancia química. Concluyó, asimismo, que “patentar un gen humano aislado no
tiene nada que ver con patentar la vida humana. Aún en el supuesto de que cada
uno de los genes del genoma humano fuera clonado (y, probablemente, patentado),
resultaría imposible reconstruir un ser humano partiendo de la suma de sus
genes”.
El comité no halló ninguna diferencia moral
entre “la patente de genes y la de otras sustancias de procedencia humana,
sobre todo, porque sólo mediante la clonación de genes podían obtenerse con
facilidad muchas proteínas humanas importantes en cantidades suficientes para
su utilización médica”.
Problemas con las patentes
Para conseguir una patente,
un invento debe ser original y útil e introducir alguna mejora real. El
propósito de la patente es otorgar a quien la posea el uso exclusivo de lo
patentado durante cierto período de tiempo (normalmente, quince o veinte años).
El propietario de la patente podrá entonces monopolizar la producción de su
invento o bien otorgar licencias de explotación.
El dilema ante el que se encuentran los
biotecnólogos consiste en saber exactamente qué declarar como resultado de sus
trabajos de investigación, así como en qué momento de ésta resulta conveniente
presentar la solicitud de patente. En muy pocos casos el valor de un
descubrimiento resulta claro y obvio, como, por ejemplo, el de un método para
dividir el ADN. Pero, en general, las aplicaciones de un nuevo descubrimiento
no resultan claras y son más un perfeccionamiento de algo ya conocido que un
hallazgo revolucionario.
Para salvaguardar el valor potencial de su
trabajo y evitar perder la carrera frente a la competencia, algunos
laboratorios se han visto tentados a solicitar patentes para aplicaciones
amplias en las primeras fases de una investigación. Los NIH, por ejemplo,
solicitaron patentes para varios millares de secuencias parciales de ADN humano
que habían identificado, antes de conocer sus funciones o sus posibles
aplicaciones comerciales. Su solicitud fue rechazada y desistieron de ella.
Otros, en cambio, alegan derechos de
extrapolación. El éxito de Harvard al alterar el genoma de ratones, por
ejemplo, llevó a la universidad a solicitar patentes para posibles aplicaciones
de su invento en otros mamíferos, aun sin haberlo podido demostrar.
Si bien estas pretensiones pueden parecer
simples actos de codicia y poco razonables, las empresas argumentan que
necesitan la protección de una patente para compensar sus costes de
investigación y desarrollo. Suelen ser necesarios varios años y muchos millones
de dólares antes de que una aplicación biotecnológica pueda salir al mercado.
Si la patente de una aplicación se limita a una descripción específica y muy
concreta de lo que se ha obtenido en el laboratorio, podría resultar
insuficiente para compensar el trabajo y el capital invertidos. Por otro lado,
si la patente pretende abarcar un área excesivamente amplia, como un concepto,
una técnica o un grupo de animales o plantas, podría limitar las posibilidades
de otros investigadores en el mismo campo, retardar el progreso y dividir a la
industria.»
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