Capítulo 27.- Fin genérico de la Ley en el orden corporal y en el espiritual
"La Torá abarca en su conjunto una doble finalidad: el bienestar espiritual y el corporal. El primero estriba en que todos los hombres tengan ideal recto, conforme a sus facultades, y a este respecto la Escritura se expresa ora en términos explícitos, ora mediante alegorías, dado que no está al alcance natural del vulgo la capacidad precisa para comprender un determinado asunto en su auténtica realidad. En cuanto al bienestar corporal, se consigue mediante el mejoramiento en la humana convivencia, y a él se llega por una doble vía: primera, eliminando la violencia recíproca, de manera que cada cual pueda proceder a su albedrío y conforme a sus facultades, pero sin desbordarse de la común utilidad; segunda, inculcando a cada individuo una ética provechosa para la vida social, orientada hacia la perfecta regulación de los intereses sociales.
Ten en cuenta que de estos dos objetivos el primero es, sin duda alguna, de un orden superior, por tratarse la bienandanza espiritual, o la adquisición de un ideario recto; pero el segundo es anterior por su naturaleza y el tiempo, dado que en el bienestar corporal estriba el buen gobierno de la sociedad y el posible mejoramiento de todos sus individuos. Este segundo es más apremiante, y ya quedó elucidado en todos sus detalles, dado que sólo después de conseguido este segundo objetivo, será asequible el primero. Efectivamente, se ha demostrado que el hombre tiene a su alcance dos tipos de perfección: uno, el corporal, y otro, el espiritual. Consiste el primero en gozar de perfecta salud en toda su cenestesia, lo cual únicamente es asequible encontrando todo lo que busca, a saber, los alimentos y todo cuanto requiere el régimen de su cuerpo, como son el vestido, baño, etc. El hombre reducido a sus propios medios, no podría de por sí conseguir este objetivo, ni le es factible a un individuo tal logro sino mediante la reunión en sociedad, puesto que notoriamente es sociable por naturaleza. La segunda perfección estriba en ser racional de hecho, es decir, dotado de inteligencia en acto, de tal suerte que merced a esta segunda excelencia esté en posesión del conocimiento asequible al ser humano, de todo cuanto existe. Es evidente que en esta segunda perfección no van incluidas las acciones ni la conducta, sino solamente las ideas fruto de la especulación y resultado de la reflexión. Patente es asimismo que no se puede alcanzar esta última y suprema perfección sino después de conseguida la primera, dada la imposibilidad de que un hombre aquejado por el dolor, el hambre, la sed, el calor o el frío se halle en condiciones de captar ninguna clase de ideas. ¿Cómo podría a fortiori forjárselas él por su propia iniciativa? Pero, una vez conseguida la primera perfección, es posible llegar a la segunda, la más noble, sin duda alguna, ya que merced a ella sola el hombre es inmortal.
La Ley verdadera, que, como dijimos, es única, a saber, la de Moisés, nuestro Maestro, nos fue otorgada para la consecución de esa doble perfección, o sea la regulación de las mutuas relaciones humanas, eliminando la mutua violencia, y afinándolas mediante nobles y generosas costumbres, a fin de que los terrícolas se perpetúen, se afiance la convivencia y pueda así cada individuo llegar a la primera perfección. El texto de la Escritura habla de la una y de la otra, inculcándonos que la finalidad de todas esas leyes no es otra sino la obtención de ambas perfecciones, [...]"
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