sábado, 15 de enero de 2022

El futuro y sus enemigos.- Daniel Innerarity (1959)


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5.-¿Quién se hace cargo del futuro? Una teoría de la responsabilidad

La responsabilidad del porvenir

  «La idea de responsabilidad está más bien inclinada hacia el pasado; tenemos que dar cuentas por lo que hemos hecho o dejado de hacer, pero no solemos pensar que pueda existir una responsabilidad en relación con el porvenir, que es siempre un conjunto incierto de posibilidades. Jurídicamente  reducido, el concepto de responsabilidad constituye un medio efectivo para sancionar acciones del pasado, pero es limitado para configurar el futuro. Por eso hay que ir más allá de un concepto de responsabilidad limitado a las obligaciones respecto del pasado y ex post, abriéndolo a una orientación hacia el futuro. Tenemos que pasar de la responsabilidad causal retrospectiva a la responsabilidad prospectiva, como responsabilidad de anticipación, prevención y configuración. Para ello hemos de modificar su base temporal y normativa. Se trataría de subrayar una disposición positiva que no se agote en evitar daños o sancionar la transgresión de reglas, sino que apunte a promover una situación mejor y anticipe las consecuencias de las acciones (Birnbacher 1995, 145). En toda forma de responsabilidad hay una referencia al futuro y esto vale especialmente para la política, que no sólo gobierna lo existente sino que se adentra en el espacio del futuro, anticipándolo mediante la prospectiva, gestionando los riesgos o adelantándose a posibles fracasos futuros antes de que comparezcan.
 ¿Qué sentido puede tener una responsabilidad en relación con el futuro? Lo que llamamos responsabilidad está vinculado con la idea de la acción intencional, es decir, un modo de actuar que no está predeterminado por las condiciones exteriores. El grado de responsabilidad está en función del grado de determinación y configurabilidad de los acontecimientos futuros. Por eso la exigencia de responsabilidad sólo tiene sentido si el acontecer futuro no está completamente abierto (si todo fuera igualmente posible no habría ninguna anticipación del futuro) ni completamente decidido ( cuando todo está determinado no hay intervención posible). Hay que responder no sólo de lo que acontece dentro de un espacio de tiempo divisable, sino también, bajo determinadas circunstancias y de acuerdo con criterios que habrán de establecerse como de lo que puede suceder en un futuro lejano. 
 Los límites de la responsabilidad son más amplios que los de nuestra competencia inmediata. Para que pueda hablarse de responsabilidad tiene que tratarse de algo que esté a nuestro alcance, por supuesto, pero los efectos de nuestras acciones pueden ser unos u otros bien distintos en la medida en que se actúe de una u otra manera. Incluso aquella constelación futura que se produzca con independencia de nuestras intenciones puede ser examinada desde el punto de vista de nuestra responsabilidad porque estuvo en nuestro poder hacerlo configurable o al menos no impedir su configuración deseable en el futuro. Además de las acciones coma están también las posibilidades de configuración de los Marcos futuros de nuestras acciones. Y este es un ámbito de responsabilidad que merece ser explorado especialmente en una sociedad compleja: posibilitar, impedir, condicionar acciones futuras. La política consiste precisamente en fortalecer nuestra capacidad colectiva de anticipación y configuración. 
 Otro ámbito de responsabilidad en un dominio en el que parecería que reina el azar es la manera de gestionar las eventualidades cuyo origen no está en uno mismo. Existe una responsabilidad en orden a las catástrofes, por ejemplo, cuando estas han sido directa o indirectamente provocadas por acción humana. Pero también cabe establecer responsabilidades, aunque no las haya en la producción de esos sucesos, de acuerdo con la gestión que de ellos se haga. Somos responsables frente a lo inevitable en aquello que tiene que ver con el modo cómo nos preparamos o gestionamos lo que sucede sin nuestro consentimiento. El azar y la contingencia disminuyen sus exigencias, pero no nos protegen en absoluto frente a la cuestión de la responsabilidad. 
 La incertidumbre acerca de las consecuencias futuras y el incremento de procesos difícilmente controlables son propiedades de las sociedades complejas de las que nadie es responsable. Pero no tienen el carácter de acontecimientos míticos sugieran de poderes insondables, sino que son procesos sociales en los que toman parte diversos actores. Aunque sean escasas las posibilidades de intervención directa, hay muchos compromisos y procedimientos que pueden ponerse en práctica para estimular su gobernanza en una dirección que esté de acuerdo con un proyecto de sociedad deseable. En ese sentido tiene razón Luhmann al considerar que el principio de responsabilidad puede ser una buena perspectiva para que las sociedades actuales regulen su trato con la inseguridad (Luhmann 2000, 43). 
 La articulación de la responsabilidad exige una visibilidad determinada. “Se necesita una instancia que simbolice al menos la pretensión de responsabilidad por el todo, una especie de responsabilidad sistémica” (Mayntz 2004, 72). Se trata de una responsabilidad que, sin anular la que haya de corresponder a los sujetos, no resulta de la suma de responsabilidades individuales, sino que tiene una dimensión propia en el plano moral, jurídico y político. Los conflictos de responsabilidad sistémica no se resuelven, salvo en una escasa medida, mediante la autorregulación de los actores. Cuando están en juego riesgos futuros que surgen como efectos de sinergias imprevisibles, no es ni moral ni cognitivamente exigible imputar la responsabilidad de las consecuencias únicamente a actores personales. Para las emergencias sistémicamente producidas se requiere una combinación de la autorregulación de los autores y las regulaciones institucionalizadas. Hay decisiones que tienen que ver con el futuro, en materia ecológica, de energía y tecnologías, de las que no pueden hacerse cargo los subsistemas funcionales autónomos de una sociedad diferenciada.
Resultado de imagen de daniel innerarity el futuro y sus enemigos Existe además algo así como una “responsabilidad representativa”, una responsabilidad de quien ha de representar (Wolf 1993). Y aquí cabe remitir a una función ejemplar de las políticas públicas, que también tienen la función de afirmar valores y dar cuerpo a las aspiraciones públicas, de ser vectores de movilización social, de mantener una imagen de la vida buena común, de hacer legible la visión de conjunto, de organizar la compatibilidad y facilitar que las responsabilidades sean todo lo visibles que se pueda.
 El dilema de la política consiste en cómo gobernar procesos que no son directamente gobernables. Para eso sirven esas estrategias de promoción de responsabilidad social como las garantías jurídicas, los incentivos económicos, las disposiciones de prevención o las regulaciones. Los sistemas complejos han de ser concebidos de manera que permitan espacios de juego para las decisiones responsables pero que al mismo tiempo estén abiertos a las directivas vinculantes y a formas de coordinación exterior. Desde el punto de vista de la responsabilidad, lo ideal es un sistema resistente a las crisis que combine autogobierno procesual y capacidad de aprendizaje. Los sistemas no son incitados a la responsabilidad a través de intervenciones de gobierno inmediatas, sino combinando observación reflexiva y conducta adaptativa. De lo que se trata en definitiva es de reducir así el riesgo de dinámicas incontroladas. Para esto es muy importante la producción de capital social, bajo la forma de saber compartido, estructuras de cooperación, mediación e informalidad.
 A la hora de organizar socialmente la responsabilidad es fundamental, por supuesto, que se consiga pasar de la supervisión externa al autocontrol, que los controles del Estado sean sustituidos hasta donde sea posible por la auto-obligación voluntaria de los actores sociales. Pero hemos de evitar que esto suponga una reducción de su responsabilidad dejando fuera de consideración aquellas dimensiones que tienen que ver con los efectos secundarios y las dinámicas sociales. De este modo se produciría también una relajación de los actores sociales que está llena de riesgos, en la medida en que se sentirían liberados de reflexionar acerca del alcance de sus acciones.
 Hemos pasado de una responsabilidad que podría llamarse ejecutiva a una responsabilidad garantizadora o “infraestructural”. El sujeto de la responsabilidad, por ejemplo, el Estado, no tiene por qué ser quien ejecute las acciones en virtud de las cuales se consiguen los objetivos respecto de los cuales él y nadie más es responsable. Lo que debe impedirse es que esta transferencia de ejecución se convierta en una cesión de responsabilidad. Por definición, la responsabilidad no es delegable, aunque las acciones sí. El sujeto de la responsabilidad está obligado a hacerse cargo de los resultados de la acción en la que delegó, vigilando su cumplimiento a través de medidas de prevención y control. Y esa delegación a actores privados o a subsistemas sociales únicamente se justifica como medida para cumplir precisamente sus obligaciones respecto del interés colectivo. El hecho de que el Estado pueda o deba delegar el ejercicio de determinadas funciones en el mercado o en los actores privados no significa que deba abdicar de sus responsabilidades, aunque sólo sea aquella responsabilidad en virtud de la cual garantiza suficientemente la autoorganización de la sociedad, como es el caso de la regulación de los mercados. El Estado puede reducir sus acciones si de este modo las optimiza. La retirada del Estado de determinados ámbitos únicamente se justifica en orden al mejor cumplimiento de sus responsabilidades de configuración.
 En cualquier caso, la política no podrá estar a la altura de las responsabilidades que le competen, si no consigue introducir reflexivamente el futuro en sus decisiones. Tiene por delante una tarea para la que nadie le puede sustituir: mejorar el saber práctico del que dispone para enfrentarse prospectivamente a los desafíos del futuro en lugar de limitarse a la gestión improvisada de la crisis.»

   [El texto pertenece a la edición en español de Ediciones Paidós Ibérica, 2009, pp. 126-132. ISBN: 978-84-493-2263-1.]


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